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Proponen periodicidad de los programas de manejo de áreas naturales protegidas

hace 5 horas
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Proponen periodicidad de los programas de manejo de áreas naturales protegidas.

El Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) propuso, mediante una Iniciativa, que los programas de manejo de las áreas naturales protegidas estatales y de los parques urbanos establezcan criterios, indicadores y una periodicidad no mayor a cinco años para evaluar su eficacia.

La diputada Estefanía Bastida Cuevas presentó desde la tribuna este proyecto, de acuerdo con el cual la Secretaría de Medio Ambiente o el ayuntamiento, según corresponda, realizaría la evaluación considerando el cumplimiento de los objetivos de la declaratoria y del programa, el estado de conservación de los ecosistemas y la eficacia de las medidas de manejo y, cuando resultare necesario, actualizaría el programa conforme a la Ley Estatal de Protección Ambiental y demás disposiciones aplicables.

Al recordar que los ecosistemas no permanecen estáticos, las y los proponentes consideran que una revisión sustentada en indicadores ofrece elementos verificables para decidir si el instrumento continúa siendo adecuado. Aclaran que no proponen que se modifique de manera automática cada cinco años, sino que se evalúe su eficacia en ese plazo y actualice solo cuando los resultados demuestren que es necesario, conforme a dicha ley y a las disposiciones aplicables.

Observan que la ley mencionada regula la elaboración inicial y exige informes sobre sus avances, pero no fija una revisión posterior del funcionamiento del programa. Ante esto, la adición propuesta cubre esa etapa del ciclo de gestión: definir desde el propio instrumento cómo se medirá su eficacia y cuándo deberá realizarse la evaluación.

También prevén que la evaluación considere, al menos, el cumplimiento de los objetivos de la declaratoria y del programa, el estado de conservación de los ecosistemas y la eficacia de las medidas de manejo.

La Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un tercer párrafo al Artículo 88 de la Ley Estatal de Protección Ambiental fue turnada para su análisis a la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales, Cambio Climático y de Protección y Bienestar Animal.


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