EDICIÓN 2461, "LA VOZ QUE VUELA", LOS DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO Y EL MUNDO.
- 26 ago
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EDICIÓN 2461, "LA VOZ QUE VUELA", LOS DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO Y EL MUNDO.

En el 2011 se publicó y se acató una histórica reforma a la Constitución General de la República, aquí en México, que entre la más importante y valorada, fue la reforma al artículo primero constitucional, sustituyendo el término de garantías individuales, por derechos humanos, elevando también a rango constitucional, todos los tratados internacionales y obligó a todas la autoridades a promover, respetar y proteger la dignidad humana de todas las personas, puso de un sistema de garantías individuales otorgadas por el gobierno a un modelo donde las personas y sus derechos universales son el centro de toda ley, todos los tratados internacionales tienen el mismo valor que la Constitución; sin embargo, después de estos cambios y atendiendo los contextos internacionales, tanto la comisión que establece que todos los asuntos jurídicos, primero tienen que ser llevados por dicha comisión para que posteriormente lleguen a la Corte Internacional, a cargo de representantes de diversos países, aquí en México existen muchas fundaciones, consorcios, promotoras, agrupaciones civiles en defensa de los derechos humanos, algunas solo con sus membresías y con un poco de doctrina y hacer defensor de los derechos humanos, sacando su humanismo. Pero para los que no recuerdan o ignoran que es un OMBUDSMAN, déjenme decirles que es una palabra de origen sueco, que significa representante, comisionado o defensor del pueblo, o sea, digna persona defensora de los derechos de los ciudadanos, frente a los abusos de la administración pública, bien para los OMBUDSMAN de aquí de México, en el que podemos mencionar, sin temor a equivocarme, al Lic. Alex Ramirez, director de Multimedios y Difusión allá en su Sinaloa natal, así como también a la Lic. Anita Montejo y a la Ing. Gabriela Álvarez, por su fundación "Manos unidas" y otros tantos más, en defensa de los derechos humanos.
Pero aquí surge una pregunta muy relevante: ¿hasta dónde llega la fuerza de la Comisión de los Derechos Humanos para castigar, someter a un infractor?, pues hay que tener bien claro que estos organismo protectores de los derechos humanos, solo emiten recomendaciones de carácter no vinculante, que carecen de fuerza ejecutiva, punitiva, directa.
Y las recomendaciones funcionan como avisos éticos y de rendición de cuentas, NO COMO SENTENCIAS JUDICIALES con poder ejecutivo o de uso de la fuerza pública, estos organismos investigan y documentan abusos, pero no forman parte del Poder Judicial, no tiene la autoridad legal de dictar penas de cárcel o multas directas a los infractores, dependen de la voluntad política o del peso de la presión social y mediática, su diseño está enfocado en fiscalizar a las autoridades del estado... ¡Continuará!





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